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Modelo 210 e IRNR: cómo tributa el alquiler si vives fuera de España

Actualizado el · 3 min de lectura · Cómo calculamos

Si eres propietario de un inmueble en España y vives en otro país, tributas aquí como no residente aunque seas español. El impuesto se llama IRNR y se declara con el modelo 210. Lo que debes saber depende de tres cosas: dónde resides fiscalmente, si el piso está alquilado o vacío y qué gastos puedes deducir.

Tipos en 2026: depende de dónde resides

Lo que cuenta es tu residencia fiscal, no tu nacionalidad. Un español que vive y tributa en Irlanda se trata como residente en la UE. Para aplicar el tipo del 19 % y las deducciones necesitarás un certificado de residencia fiscal del país donde vives, que emite su administración tributaria.

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Qué gastos puedes deducir (si resides en la UE o el EEE)

Solo son deducibles los gastos del periodo en que el inmueble está alquilado, y deben estar justificados con facturas. A diferencia del IRPF de un residente, el no residente no tiene la reducción del 50 % por alquilar una vivienda habitual.

Si el piso está vacío: la renta imputada

Un inmueble que no está alquilado ni es tu vivienda habitual genera una renta imputada: Hacienda presume un rendimiento del 1,1 % del valor catastral si el catastro se revisó en los últimos 10 años, o del 2 % en caso contrario, y lo grava con el mismo tipo (19 % o 24 %). No se pueden deducir gastos. Sobre un valor catastral de 100.000 €, son unos 209 € al año con el 1,1 % y unos 380 € con el 2 % para un residente en la UE. Se declara aunque no hayas ganado ni un euro.

Cómo se declara

El modelo 210 se presenta por cada inmueble y por cada propietario: si sois dos titulares, cada uno declara su parte. El alquiler se declara por trimestres y la renta imputada tiene su propio plazo anual. Consulta los plazos y el modelo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, y valora un asesor o gestor con experiencia en no residentes: un error en el modelo se paga con recargos.

Evitar pagar dos veces: Irlanda y España

Irlanda grava la renta mundial de sus residentes, así que el alquiler español también cuenta allí. El convenio para evitar la doble imposición entre España e Irlanda permite descontar en Irlanda el impuesto que ya pagaste en España por esa renta. En la práctica pagas el mayor de los dos tipos, no los dos a la vez. Conserva el justificante del modelo 210 y declara la renta en tu declaración irlandesa.

Casos que cambian el cálculo

Con un solo piso y un solo titular, la cuenta suele ser sencilla. Con varios titulares y varios países, merece la pena que lo revise un asesor. Para ver cuánto te quedaría a ti, usa la calculadora de impuestos del alquiler.

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Información orientativa con datos de octubre de 2026. Los criterios de cada banco y los impuestos cambian: confirma tu caso con la entidad y con un asesor.